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viernes, 30 de enero de 2026
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    Adiós a la impunidad: multas de hasta 800€ a los patinetes sin registro obligatorio

    El nuevo Real Decreto, que afecta a más de cuatro millones de personas, establece además sanciones de hasta 610 euros por no contar con seguro

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    El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado el Real Decreto 52/2026 del 28 de enero que regula el registro obligatorio de vehículos de movilidad personal (VMP), conocidos comúnmente como patinetes eléctricos. Esta medida da un paso decisivo para hacer efectiva la obligación de asegurar estos vehículos, que afecta a más de cuatro millones de personas que actualmente los utilizan.

    A partir de ahora, todos los patinetes eléctricos deberán inscribirse en el Registro Nacional de Vehículos, gestionado por la Dirección General de Tráfico (DGT). Esta normativa cumple con la disposición adicional de la Ley 5/2025, que modificó la normativa sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor para incluir a los VMP. Aunque la obligatoriedad de tener seguro entró en vigor el 2 de enero de este año, la aplicación práctica de esta obligación dependía de la creación de este registro.

    El proceso de inscripción podrá realizarse de forma telemática a través de la sede electrónica de la DGT, o bien mediante el teléfono 060. En cuanto al tipo de vehículos, la normativa distingue entre los VMP con certificado de circulación y los que no lo tienen. Los primeros, que ya cuentan con una placa de marcaje permanente y legible, podrán ser inscritos proporcionando el número de certificado y la serie del vehículo, así como el abono de una tasa. Los segundos, que no cumplen con los requisitos técnicos, podrán circular hasta el 22 de enero de 2027, pero también deberán inscribirse en el registro y contar con un seguro obligatorio.

    Una vez realizado el trámite, todos los vehículos deberán llevar una etiqueta identificativa con el número único asignado, la cual se podrá obtener en un manipulador de placas autorizado. La DGT también trabaja para permitir que este registro se pueda realizar directamente en los establecimientos autorizados al momento de adquirir el vehículo.

    Además, el incumplimiento de la obligación de asegurar un VMP podrá conllevar sanciones económicas. No contar con seguro podrá resultar en multas que van de 202 a 610 euros, mientras que circular sin seguro puede acarrear sanciones de 250 a 800 euros, dependiendo de la clasificación del vehículo.

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