La Audiencia Provincial de Murcia ha revocado la condena de 3,5 años de prisión impuesta por un juzgado de lo Penal a un hombre acusado de un delito de robo en un restaurante cometido en julio de 2020, al considerar que las pruebas practicadas no permiten concluir con el grado de certeza exigible que fuera el autor de los hechos.
La resolución, adoptada con el criterio en contra del fiscal, estima el recurso presentado por el acusado y deja sin efecto tanto la pena de prisión como la obligación de indemnizar al propietario del establecimiento con 3.350 euros, cantidad correspondiente al valor de los objetos sustraídos.
El juzgado de lo Penal había fundamentado la condena en las imágenes captadas por cámaras de vigilancia de un local próximo, en la identificación realizada por el dueño del restaurante tras visionarlas y en las huellas recogidas en una botella de cerveza hallada en el interior del establecimiento.
Sin embargo, la Audiencia señala que las imágenes no permiten asegurar que el objeto en el que se encontraron las huellas fuera una botella de cerveza, por lo que la huella atribuida al acusado carece de suficiente valor incriminatorio. Asimismo, recuerda que las grabaciones deben analizarse con cautela debido a las limitaciones legales existentes para evitar vulneraciones del derecho a la intimidad.
Valoración de la prueba y carga de los objetos
La sentencia también cuestiona la viabilidad material de los hechos atribuidos. Según expone, resulta difícil admitir que una sola persona pudiera cargar sobre sus espaldas una bolsa con inodoros, focos, lavabo, grifos, seis taburetes y otros objetos, tal y como se describía en la acusación.
Con estos argumentos, el tribunal provincial concluye que no se ha alcanzado el estándar probatorio necesario para mantener la condena y acuerda la absolución del acusado.
