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jueves, 12 de febrero de 2026
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    El nombramiento de la presidenta del Consejo de la Transparencia no incurre en prevaricación

    La Audiencia Provincial confirma que no hubo indicios de prevaricación en la designación provisional de la presidenta del organismo en 2022

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    La Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado el recurso interpuesto por tres miembros del Consejo de la Transparencia de la Región de Murcia que consideraban prevaricador el nombramiento de la presidenta del órgano, realizado en diciembre de 2022. El auto, que cuenta con el respaldo de la Fiscalía, confirma la decisión tomada previamente por el juzgado de Instrucción de Murcia, que acordó el archivo de la denuncia por falta de pruebas suficientes de la comisión de un delito.

    El tribunal señala que el nombramiento de la presidenta fue provisional y se realizó con el objetivo de poner fin a la parálisis del Consejo tras seis meses de vacante, debido a la dimisión del presidente anterior. Esta elección tuvo lugar en una reunión convocada por un consejero que, además, era director general en ese momento.

    Desestimación por falta de pruebas

    La Sala subraya que no existen pruebas suficientes para sostener la acusación de ilegalidad, ya que la única evidencia presentada por los recurrentes fueron recortes de prensa, los cuales no permiten esclarecer si el nombramiento fue realizado como presidente titular, como afirmaban los recurrentes, o si fue una designación provisional, como defendió la defensa. Según el auto, estos documentos no son indicios válidos para continuar con la denuncia.

    Cuestión administrativa, no penal

    El tribunal recalca que el proceso no constituye una desviación grave de la normativa aplicable y que no hay indicios de que se haya tomado una decisión injusta a sabiendas, como exige el delito de prevaricación. En lugar de un asunto penal, la Sala considera que la resolución debería ser resuelta a través de la jurisdicción contencioso-administrativa y no penal.

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