Un supermercado de Murcia deberá indemnizar con 4.000 euros a una clienta que se lesionó al pisar unos granos de uva que había en el suelo y resbalar, según se dispone en la sentencia dictada por la Audiencia Provincial.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, estima así el recurso presentado por la accidentada contra la que dictó un juzgado de Primera Instancia de Murcia que rechazó su demanda.
Consideró el juzgado que el establecimiento tenía establecido un protocolo en cumplimiento del cual se limpiaba el suelo tres veces al día, sin que le fuera atribuible culpa o negligencia alguna.
Frente a esa argumentación, la Audiencia señala que la existencia de ese protocolo no es suficiente y que la empresa debía haber demostrado que el día del suceso se cumplió, lo que podía haberlo conseguido proponiendo las testificales de sus empleados.
Y añade que a la vista de lo declarado por una testigo no es descartable que la caída de los granos de uva no hubiera sido reciente, ya que aquella aseguró que lo que había en el suelo era una especie de pasta.
La sentencia señala que la misma es firme, al no caber interponer contra ella recurso ordinario alguno.
