La campaña de la renta correspondiente al año 2025 arrancarÔ este miércoles, 8 de abril, con la presentación de las declaraciones por internet, de acuerdo con el calendario del contribuyente de la Agencia Tributaria recogido por Europa Press.
La Agencia Tributaria ya ha puesto a disposición de los contribuyentes sus datos fiscales y otros contenidos con el objetivo de que puedan adelantar las gestiones de cara a la presentación de la declaración. También estÔ disponible el nuevo servicio para obtener el número de referencia para 2025, que permitirÔ gestionar todos los servicios para la Campaña (y para las campañas anteriores).
La campaƱa arrancarĆ” justo despuĆ©s de la Semana Santa. El dĆa 8 de abril se abrirĆ” el plazo para la presentación de las declaraciones a travĆ©s de internet y se extenderĆ” hasta el 30 de junio, Ćŗltimo dĆa.
AsĆ, desde este miĆ©rcoles, los contribuyentes podrĆ”n obtener el borrador de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas FĆsicas por medios electrónicos, a travĆ©s del Servicio de tramitación del borrador/declaración, en la dirección electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Desde el 6 de mayo hasta el 30 de junio, la Agencia Tributaria podrÔ confeccionar la declaración del contribuyente por teléfono (la solicitud de cita serÔ desde el 29 de abril hasta el 27 de junio).
SerĆ” entre el 1 y el 30 de junio cuando la Agencia Tributaria podrĆ” elaborar las declaraciones a los contribuyentes presencialmente en sus oficinas (solicitud de cita desde el 29 de mayo hasta el 27 de junio).
No obstante, hay que tener en cuenta que el plazo de presentación para las declaraciones con resultado a ingresar y domiciliación finaliza el 25 de junio.
En cuanto a los medios de pago, el ingreso de la cuota tributaria podrÔ realizarse mediante domiciliación, pago mediante cargo en cuenta, Número de Referencia Completo (NRC), tarjeta de crédito o débito, en condiciones de comercio electrónico seguro y el pago mediante transferencias instantÔneas efectuadas a través plataformas de comercio electrónico seguro (por ejemplo, Bizum). También puede realizarse mediante un documento de ingreso, que se deberÔ imprimir y permite efectuar el pago en una entidad colaboradora dentro del plazo establecido.
QuiƩnes estƔn obligados a declarar
En la Campaña de la Renta de 2025 estarÔn obligados a presentar declaración los contribuyentes que hayan obtenido rentas del trabajo superiores a 22.000 euros de un pagador o de 15.876 euros de dos o mÔs pagadores.
TambiĆ©n estarĆ”n obligadas a declarar todas aquellas personas fĆsicas que, en cualquier momento del perĆodo impositivo, hubieran estado de alta, como trabajadores por cuenta propia, en el RĆ©gimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, o en el RĆ©gimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.
TambiĆ©n estarĆ”n obligados a presentar declaración por este impuesto las personas titulares del ingreso mĆnimo vital y las personas integrantes de la unidad de convivencia.
Por contra, los beneficiarios de prestaciones por desempleo finalmente no tendrÔn la obligación de presentar la declaración del IRPF, tras la convalidación en el Congreso del real decreto-ley de revalorización de pensiones que también incluye esta medida.
De acuerdo con los Ćŗltimos datos publicados por la Agencia Tributaria a principios de aƱo, en la CampaƱa de la Renta correspondiente al aƱo 2024 se devolvieron 13.094 millones de euros a 15.611.000 contribuyentes, de tal forma que, a 30 de diciembre, se habĆa efectuado el 97,5% de las devoluciones solicitadas en nĆŗmero y se habĆa abonado el 95,5% de los importes solicitados.
A cierre de aƱo se habĆan presentado 24.720.000 declaraciones, un 2,4% mĆ”s que el aƱo anterior en las mismas fechas, de las cuales un 65%, 16 millones, tuvieron un resultado a devolver.
En el marco de la campaña, se presentaron mÔs de 47.000 declaraciones rectificativas de contribuyentes que modificaron su declaración a partir de la carta remitida por la Agencia, evitando asà una posible comprobación posterior, la generación de intereses y la eventual imposición de sanciones.
Novedades de la campaƱa de la renta
Entre las campañas de renta de 2025 y 2026 se ha producido una actualización de los beneficios fiscales aprobados por las comunidades autónomas, mientras el marco estatal se mantiene relativamente estable.
En concreto, la Campaña de la Renta y Patrimonio 2025 incorpora novedades para autónomos, para las ganancias de patrimonio por premios, fondos cotizados (ETFs) y Sociedades de Inversión de Capital Variable (sicavs) y una nueva deducción para las rentas mÔs bajas.
Entre las novedades que contiene el modelo de declaración de esta campaƱa, los asesores fiscales de Aedaf destacan, entre otras, la introducción de una casilla en el apartado de ‘Autoliquidaciones rectificativas’ para solicitar que la autoliquidación presentada previamente se tenga por no presentada por no existir la obligación de declarar. TambiĆ©n se habilitan nuevas casillas para consignar la nueva reducción aplicable a rendimientos de actividades artĆsticas obtenidos de manera excepcional.
Otras de las novedades relevantes de Renta WEB tiene que ver con el sistema de avisos que afecta a las liquidaciones en las que se relacionen ascendientes o descendientes con rentas entre 1.800 y 8.000 euros. Por primera vez, en esta campaña, el sistema identificarÔ si estÔn o no obligados a declarar, mejora que pretende evitar liquidaciones posteriores por errores cometidos o la presentación de autoliquidaciones rectificativas para subsanarlos.
AdemĆ”s, el propio programa calcula el rendimiento mĆnimo de arrendamientos a familiares, algo que hasta ahora era responsabilidad del contribuyente.
TambiĆ©n hay novedades para los autónomos en la declaración IRPF del ejercicio 2025: se incorporan dos nuevas casillas para reflejar las regularizaciones de cotizaciones en estimación directa; se amplĆa el desglose para declaraciones en módulos de sector agrĆcola y resto de actividades, y se incluyen nuevas casillas para minorar la devolución de subvenciones en estos casos.
Otra de las novedades afecta a las ganancias de patrimonio por premios, ETFs y Sicav: habrÔ dos nuevas casillas para declarar las ganancias patrimoniales obtenidas por premios, en función de si tienen fines publicitarios (casilla 0360) o no (casilla 0361).
TambiƩn se aƱade un nuevo apartado para consignar las ganancias patrimoniales por fondos cotizados (ETFs) y Sicav, ademƔs de facilitar el traslado automƔtico de los datos correspondientes a dichas ganancias.
Se ha modificado el Ćŗltimo tramo de la ‘tarifa aplicable a la base liquidable del ahorro en el IRPF’, que afecta a los rendimientos del capital mobiliario’ (como intereses y dividendos) y a las ganancias patrimoniales (como la venta de acciones, fondos, criptomonedas o inmuebles) que se integran en la base del ahorro.
AsĆ, el tipo marginal mĆ”ximo estatal, que se aplica a la parte de la base liquidable que exceda los 300.000 euros, pasarĆ” del 14% al 15%. Por su parte, para aquellos contribuyentes que tengan su residencia habitual en el extranjero, el tipo marginal mĆ”ximo aplicable sobre la base liquidable del ahorro se eleva al 30% (frente al 28% anterior).
Por Ćŗltimo, se mantienen los incentivos fiscales para la inversión en sostenibilidad (vehĆculos elĆ©ctricos, reformas destinadas a la eficiencia energĆ©tica, etc.) y se aƱade una nueva deducción para las rentas mĆ”s bajas, para compensar el efecto que la subida del Salario MĆnimo Interprofesional, fijado en 16.576 euros, podrĆa tener sobre la renta disponible.
