Just Eat España presentó una demanda el pasado viernes 29 de noviembre contra Glovo ante los Juzgados de lo Mercantil de Barcelona, ejercitando una acción de competencia desleal por violación de normas y contratar a falsos autónomos y reclama 295 millones de euros en concepto de daños y perjuicios.
Precisamente este lunes, Glovo ha comunicado un cambio de modelo laboral y contratará a sus repartidores en España, lo que permitirá a la compañía de delivery operar con repartidores laborales en vez de trabajadores autónomos.
Just Eat recuerda en su demanda que numerosas sentencias han condenado a Glovo por contratar a repartidores como falsos autónomos y vulnerar la normativa de Derecho Laboral, por lo que sitúa a Just Eat España en una «clara situación de desventaja competitiva», ya que esta compañía sí contrata a los repartidores por cuenta ajena, incurriendo en elevados costes adicionales, tal y como exige la ley.
De esta forma, Just Eat España estima que Glovo ha ahorrado más de 645 millones de euros contratando a falsos autónomos en los últimos años, lo que le ha permitido adquirir una ventaja competitiva significativa.
Just Eat España ha recordado que es pionera en el mercado de plataformas de delivery donde opera desde 2010, con una plantilla de empleados de más de 2.500 personas y fue la primera plataforma en firmar un convenio colectivo de empresa con los principales sindicatos del país en diciembre de 2021.
Una sentencia que se conoce justo el mismo día que Glovo ha informado de un nuevo modelo en España que le permitirá operar con repartidores laborales en vez de trabajadores autónomos, señalando que su decisión es parte de su «firme compromiso con España y con el impulso de la economía digital en el país».
El sindicato CGT ha anunciado que se ha personado en el procedimiento penal contra Glovo iniciado por la Fiscalía «con el objetivo de poner fin a las prácticas abusivas y fraudulentas que atentan contra la dignidad y los derechos laborales».
Está previsto que el CEO de Glovo, Óscar Pierre, declare como investigado en fase de instrucción en el Juzgado de Instrucción 31 de Barcelona este martes 3 de diciembre.
Desde CGT lamentan que, aunque hay procedimientos judiciales previos que establecen que los riders tienen una relación laboral y no mercantil con esta empresa, la compañía «ha continuado imponiendo tales condiciones a su plantilla alegando supuestas modificaciones que pretenderían eludir la relación laboral, obligando a darse de alta como autónomos».
De esta forma, desde CGT critican que los riders quedan desprovistos «de las garantías y derechos que la normativa reserva a las personas trabajadoras en régimen general de Seguridad Social«, unos hechos que podrían constituir un delito castigado con penas que hasta 6 años de prisión y hasta 12 meses de multa.