La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, desestima el recurso que el acusado presentó contra la dictada por un juzgado de lo Penal que lo condenó por un delito continuado de abuso sexual y otro de acoso sexual y que le impuso también una orden de alejamiento de 200 metros y el pago de seis mil euros a la víctima.
El juzgado declaró probado que el ahora apelante contrató a la denunciante en julio de 2019 para que trabajara en su local y que con frecuencia le decía que estaba muy buena y otras expresiones similares. Además, en una ocasión le retiró la camiseta para verle los pechos y en otra la sometió a tocamientos, y cuando se encontraba de mal humor, la insultaba.
Esa situación cesó cuando la trabajadora, harta de soportar esa conducta, presentó una denuncia contra el acusado.
La Audiencia ha desestimado el recurso presentado por este al señalar que los hechos quedaron debidamente acreditados en el juicio con suficientes pruebas incriminatorias.