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    El SMS deberá pagar 350.000 euros a la viuda de un paciente por retrasos en su tratamiento

    El TSJRM condena por negligencia médica al tardar en tratar la endocarditis infecciosa del paciente con antibiótico en el Hospital Comarcal del Noroeste

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    La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha dictado una sentencia en la que se condena al Servicio Murciano de Salud (SMS), por una negligencia médica, a pagar 350.000 euros a la viuda y dos hijas de un paciente que falleció por una endocarditis infecciosa no tratada a tiempo.

    Los hechos dieron comienzo en noviembre de 2021, cuando el enfermo, de 60 años de edad y residente en Cehegín, fue ingresado en el Hospital Comarcal del Noroeste con sospecha de padecer la endocarditis, por lo que se dispuso la práctica de una prueba que lo confirmó.

    Pese a que era necesario el tratamiento antibiótico, ha dicho este miércoles la Oficina del Defensor del Paciente, que fue la que presentó la demanda, “no se hizo nada”, por lo que su salud empeoró progresivamente.

    En enero de 2022, ya en muy mal estado, acudió por su propia iniciativa a Urgencias, para después ser intervenido en el hospital Virgen de la Arrixaca de Murcia, donde falleció seis días más tarde.

    La sentencia, que estima la demanda presentada por el abogado Ignacio Martínez en nombre de la citada organización, señala que “esta Sala considera debidamente acreditada la infracción de la lex artis (criterio que emplea el Derecho para determinar la corrección de la práctica médica) en la asistencia prestada al esposo y padre de las recurrentes”.

    Y añade que “ciertamente una endocarditis es una enfermedad muy grave que todavía se complica más en el caso de que el paciente ya es portador de una prótesis, y ni el adelanto en el diagnóstico ni la prescripción de antibióticos empíricos desde el primer momento permite afirmar que el paciente hubiera sanado sin problemas y que no hubiera sido precisa la intervención quirúrgica.”

    “Pero lo que sí se ha evidenciado en autos es que el sistema sanitario, pudiendo hacerlo, y por mala praxis, no puso a disposición del paciente los medios que podían haber evitado su fallecimiento”.

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