La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha anulado una resolución de la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) que imponía una multa de 5.000 euros a un vecino de Lorca, acusado de realizar un vertido ilegal de restos agrícolas en una rambla, al considerar que no se probó su autoría.
Según la sentencia, la sanción se basó en una identificación realizada por la Guardia Civil, que atribuyó al demandante la autoría del vertido. Sin embargo, el tribunal considera que la CHS no aportó pruebas suficientes durante la tramitación del expediente para demostrar que el vertido había sido realizado por el sancionado.
El recurrente alegó en su defensa que el vertido se encontraba fuera de la zona de policía de la rambla y denunció haber sufrido indefensión por la falta de pruebas directas.
La Sala desestima la mayoría de sus argumentos, pero estima el relativo a la falta de acreditación de autoría, señalando que la investigación no aclaró si el denunciado tenía o no un invernadero en la zona donde se hallaron los residuos, que incluían restos vegetales y plásticos.
Además, la resolución administrativa tampoco investigó si existían otros propietarios con actividad agrícola en terrenos cercanos, que pudieran haber sido responsables del vertido.
La resolución de la CHS ahora anulada incluía también la orden de cesar los vertidos y retirar los residuos en un plazo de quince días. El TSJ considera que la decisión no está ajustada a derecho y procede a dejarla sin efecto.