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jueves, 18 de septiembre de 2025
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    El TSJRM rechaza indemnizar con 13,8 M€ a una empresa agrícola por «daños» de la ley del Mar Menor

    La Sala sostiene que el interés general debe prevalecer sobre un interés económico particular

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    La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha desestimado el recurso presentado por una empresa agrícola que reclamó una indemnización de 13,8 millones de euros a la Comunidad Autónoma por los «daños y perjuicios» derivados de la ley de recuperación y protección del Mar Menor.

    Desde que entró en vigor la nueva normativa legal, aprobada en 2020, han sido decenas las empresas del sector agroalimentario que han reclamado millones de euros a la Comunidad porque las restricciones recogidas en el documento entraban en conflicto con la producción y viabilidad de los cultivos y, por tanto, con la rentabilidad de las explotaciones. Algunas de ellas aún se están dirimiendo judicialmente y el resto no han prosperado.

    En este caso, la empresa afirmó en su recurso que esos perjuicios afectaban de manera especial a los cultivos existentes a menos de 1.500 metros de la ribera.

    Defensa y restauración del medio ambiente

    Otras obligaciones recogidas en la ley, como destinar el 20% de los terrenos a la creación de espacios forestales, la prohibición del uso de fertilizantes químicos y estiércoles no compostados y la contratación de servicios técnicos especializados en fertilización ecológica, suponían para la demandante «unas limitaciones que hacían excesivamente gravoso el desarrollo de la actividad que venía realizando en su finca».

    Al desestimar el recurso, la Sala sostiene la nueva normativa lo que persigue es conseguir un objetivo constitucionalmente legítimo, como es el de la defensa y restauración del medio ambiente. Y añade que la reclamante era conocedora de las circunstancias ambientales que le afectaban por estar en zona vulnerable y de especial protección.

    Concluye el Tribunal Superior que el interés general y la defensa de la laguna debe prevalecer sobre un interés económico particular.

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