CCOO, como sindicato mayoritario en la comisión negociadora del Convenio General de la Industria Química ha llegado a un acuerdo con la patronal Feique (Federación Empresarial de la Industria Química Española) para generar un nuevo convenio del sector para los próximos tres años. En dicho convenio vendrá estipulada una subida salarial del 3% cada año, lo que supondrá una subida total de un 9% a finales del trienio.
Este acuerdo, que no contó con el respaldo de la UGT, beneficiará a más de 300.000 trabajadores y será sometido a ratificación por parte de CCOO en un proceso de asambleas y consultas.
Esta subida de sueldos, recogida por una cláusula de garantía salarial en línea con el Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva, se aplicará a partir del 1 de cada año vigente.
También se ha acordado una reducción de ocho horas en la jornada máxima anual, que se rebajará de 1.744 a 1.752, acompañado de una disminución de las horas semanales, que pasarán a ser 37,5 si la reforma legal que proyecta el Gobierno de España se implanta finalmente.
Según el nuevo convenio, los pluses por nocturnidad, turnicidad y trabajo en festivos aumentarán en 2024 al mismo ritmo que el salario mínimo garantizado. En los años 2025 y 2026, se prevé un incremento del 5 % para cada uno de esos años, con una cláusula de revisión salarial que se aplicará bajo las mismas condiciones de aumento.
La retribución por teletrabajo se incrementará un 18,3 % en 2024 y luego se ajustará según los incrementos estipulados en la cláusula correspondiente.
Se establece también la figura del fijo discontinuo, y la comunicación para la reincorporación al trabajo tras una interrupción se realizará de acuerdo con la representación legal de los trabajadores; en su defecto, se respetará un estricto orden de antigüedad, asegurando al menos cuatro meses de trabajo al año.
El acuerdo incluye medidas específicas para proteger a las mujeres víctimas de violencia de género, tales como la reducción de jornada sin disminución salarial, un complemento del 100 % en caso de incapacidad temporal, y flexibilidad tanto en el horario como en el periodo de vacaciones. Además, se mejora la reserva del puesto de trabajo en caso de excedencia.
Se establece una póliza o seguro colectivo de 20.000 euros para situaciones de fallecimiento, incapacidad permanente absoluta o gran invalidez del trabajador. En cuanto a los permisos retribuidos, estos se considerarán días laborales y podrán disfrutarse de manera flexible mientras dure la causa que los motiva, pudiendo iniciarse y utilizarse de forma discontinua.