La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha decidido reducir de 155.000 a 22.000 euros la multa impuesta por el Ayuntamiento de Murcia a una empresa por la realización de obras ilegales. El tribunal considera que la infracción debe ser calificada como leve, no grave.
La sentencia, que estima el recurso de la empresa, subraya que las obras consistieron en la demolición parcial de una nave y su adaptación para la instalación de una estación de ITV. La Sala concluyó que estas obras no representaban un alto riesgo para los intereses generales y que, dado que el uso de la edificación para una ITV estaba posteriormente autorizado por el planeamiento urbanístico, la falta de licencia para las obras tenía escasa relevancia.
En su fallo, el TSJRM también recordó que existía una autorización provisional para la actividad de la ITV y que hubo una modificación posterior del planeamiento urbanístico, lo que dio cobertura legal al uso de la nave. Por tanto, el tribunal determinó que la infracción no debía considerarse grave, reduciendo la multa al 5% del valor de las obras.
