La Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado el recurso presentado por la aseguradora de una empresa que fue condenada a pagar 108.000 euros por la pérdida de 300.000 kilos de mandarinas que resultaron inservibles por el uso de un producto fitosanitario.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, confirma así la dictada por un juzgado de Primera Instancia de San Javier que estimó la demanda que la sociedad propietaria de la explotación de cítricos presentó contra la aseguradora de la empresa que hizo el tratamiento fitosanitario causante de aquellos daños.
La aseguradora expuso en su recurso que el juzgado había incurrido en error al valorar las pruebas aportadas al juicio y que no estaba probado que ese tratamiento fuese el causante de la pérdida de las mandarinas.
La Sala desestima la apelación tras compartir la valoración hecha por el juzgado, que no albergó duda alguna al considerar que estaba acreditada una relación de causalidad entre el daño alegado y el uso de parafina en el tratamiento.
Y añade que esa conclusión es la consecuencia del razonamiento lógico empleado al valorar las pruebas practicadas en el proceso judicial, que indica que los daños en las mandarinas fueron debidos a la utilización de aquel producto.
Concluye la Sala que el empleo de la parafina requiere unos determinados umbrales de humedad y calor que se vieron ampliamente superados en este caso, en el que, además, el efecto nocivo derivado de rebasar los grados tolerables se vio potenciado al estar los naranjos bajo una malla, lo que podría haber creado un microclima.
