El TSJRM rechaza una demanda de más de 500.000 euros al Servicio Murciano de Salud

La reclamación fue interpuesta por la esposa y la hija de un paciente fallecido tras una prostatectomía radical

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La sala de lo contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha desestimado la reclamación de 533.000 euros al Servicio Murciano de Salud (SMS) por la esposa y la hija de un paciente fallecido tras una prostatectomía radical.

La sentencia señala que no se ha demostrado la existencia de mala praxis ni una relación de causalidad entre el daño alegado y el funcionamiento de los servicios sanitarios.

Las reclamantes expusieron que existió una actuación fuera de todo protocolo y negligente de los médicos y echaron en falta la realización de pruebas previas para actuar con mayor precisión.

La sentencia indica que el consentimiento informado que firmó el enfermo contemplaba la posibilidad de que surgieran “efectos indeseables” y añade que aunque estos se produjeron, no fueron debidos a la impericia de los facultativos.

Comenta que durante la intervención quirúrgica se produjo un choque hipovolémico, pero se realizaron transfusiones y se administraron fármacos vasoactivos que permitieron mantener la tensión arterial.

En cuanto a la queja de que no se realizó un seguimiento del paciente en oncología, dice que habría sido así de haber optado por la radioterapia, pero prefirió la extracción total de la próstata.

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